jueves, 7 de abril de 2011

LOS JUDIOS EN LA PONGA MEDIEVAL

La fecha exacta en la que los judíos llegaron a Asturias no la podemos conocer.



Basándonos única y exclusivamente en la documentación hallada hasta el momento, en Asturias aparecen referencias claras hacia mediados del siglo XI, en el Concilio de Coyanza celebrado en la Diócesis de Oviedo en el año 1050, en cuyo capítulo VI dice así: "...que ningún cristiano viva en una misma casa con judíos, ni coma con ellos; y si alguno infringiere nuestra constitución, hará penitencia siete días; y si no quisiere hacerla, siendo persona noble, será privada de la comunión por un año íntegro, y si fuera persona inferior se le aplicarán cien azotes".


También por estas fechas, el 8 de junio de 1046, tenemos una carta de donación en la que Didago Osoriz, como personero, vicario y ejecutor testamentario de su madre doña María, hace entrega de una villa en Taranes a Legundia Gundemaris.

Lo interesante de este documento es que esta Doña María aparece varias veces como María, conversa, lo que abre la posibilidad a que hubiera conversos en Asturias en 1046, por tanto, el origen de la población judía, en estas tierras, sería anterior a esta fecha, cosa nada extraña, si tenemos en cuenta las conversiones forzosas a las que se vieron obligados los judíos en tiempos de los visigodos, a lo que hay que añadir algunos nombres de testigos que parecen judíos en documentos de los siglos IX y X (Zabaiub iben Tebit, Sisebutus Iben Pepi, Theudericus Daneli, Aubaiub iben Thebiti, Abozehar, Abaiub, Hebregulfus, Theoda, Iosue, Salomon, Daniel, Iermias, Asur Falconis, y otros)


Pero será en el siglo XII cuando más se note el aumento y la importancia del pueblo hebreo en esta región, pues comienzan a aparecernos más a menudo firmas de testigos judíos como Vellidi, Cide, Annaia, Xabe...


De obligada atención es este singular nombre "Xabe" o como ya nos lo encontramos en abundante documentación del siglo XIII "Mari Xabi", judío que ocupó el cargo de Merino de Oviedo en el siglo XIII, entre los años 1216 y 1225.

El Merino, era un funcionario público puesto por el Rey o por un gran señor para ejercer funciones fiscales, judiciales y militares sobre ciertos territorios.

En un principio, tenía carácter de administrador privado y progresivamente va transformándose en funcionario de la administración con atributos cada vez mayores.

Como administrador, es el que recoge las llaves de las casas de los solariegos cuando estos se trasladan a otro señorío, el que cobra los tributos públicos y las rentas del rey o del señor, teniendo en ellos participación directa, y la parte principal de sus ingresos económicos está constituida generalmente por el tercio de las caloñas (penas pecuniarias, multas), según lo establecido en los fueros de Alfonso VII.

No hay comentarios: